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Paysandú, Viernes 25 de Noviembre de 2016

Tres de los protagonistas del tiroteo resultaron procesados; brindaron una versión inverosímil

Policiales | 19 Nov Tras un arduo trabajo de la Policía sanducera, finalmente la Justicia dictó el procesamiento de tres de los cuatro detenidos por el confuso episodio ocurrido en barrio Curupí, en el que hubo intercambio de disparos de armas de fuego. La versión aportada por los detenidos incluyó detalles inverosímiles, ya que indicaron haber ido a ver al hijo --un niño pequeño-- de uno de ellos, lo que no coincidiría con el hecho de que portaban armas, incluso una granada activa.
De acuerdo con una fuente consultada por EL TELEGRAFO, “no hubo elementos precisos para vincularlos a algún caso relacionado a la venta de drogas y demás, aunque las características del suceso, así como los antecedentes de los protagonistas, denotan un trasfondo turbio”.

BALACERA EN EL BARRIO
Tal como se informara oportunamente, el disturbio se originó en barrio Curupí y causó alarma en los vecinos ya que, durante la noche del jueves comenzaron a escuchar detonaciones. La discusión había comenzado, según testimonio de los involucrados en la sede penal, porque Daniel Dinarte Ávila Rodríguez (alias “el Nano”), de 26 años, había viajado desde Montevideo --en compañía de dos amigos-- con intenciones de hablar con su excuñado (que vive en el citado barrio) y ver al hijo que tiene con la hermana de dicho hombre, lo cual no le permitieron.
Según declararon, Ávila Rodríguez había llegado a Paysandú a bordo de un automóvil Faw, matrícula de Montevideo, junto a sus compinches Lancaster Martín Casuriaga Carral, de 25, y José Pedro Berón Morón, de 26, todos poseedores de profusos antecedentes penales en Montevideo y Canelones. Tras pasar a buscar por un barrio sanducero a un cuarto ocupante, se dirigieron hacia el Curupí. Al parecer, Ávila descendió del rodado, junto al lugareño, y mantuvo un diálogo con un desconocido que lo atendió al llamar a la puerta de su excuñado. Minutos después, el hombre retornó hacia la finca y salió el propietario, quien comenzó a discutir con Ávila Rodríguez, incluso lo habría amenazado con que se retirara o si no lo iba “a quemar” (haciendo alusión a que le dispararía), indicó la fuente a EL TELEGRAFO.
Acto seguido, una mujer habría salido de la finca armada con un palo y un corte, tras lo cual comenzó un intercambio de disparos de armas de fuego entre los hombres. Envalentonado por la situación, “El Nano” pretendió lanzar una granada que llevaba consigo hacia la finca pero finalmente desistió y, pese a los disparos --a los que se habían sumado Casuriaga y Berón--, se dio a la fuga en el vehículo. Tras ello, los sujetos pretendieron huir del departamento pero, al notar que uno de los proyectiles había destruido un neumático, se detuvieron en las inmediaciones de bulevar Artigas y República Argentina. En tanto, durante la huida, perdieron parte del guardabarros delantero del rodado. Dejaron el auto estacionado en el área de vehículos del hotel y la estación de servicio allí existentes y continuaron su fuga, esta vez en un taxi que abordaron a pocos metros. Le pidieron al chofer que los llevara hasta Young y le hicieron entrega de 2.000 pesos –en billetes de cien--, tal la tarifa que el trabajador del volante les indicó.
Efectivos de la Seccional Tercera comunicaron que los sospechosos del tiroteo se dirigían rumbo a la ciudad de Young, a 65 kilómetros al sur de Paysandú, por lo que se implementó un operativo que incluyó apoyo de sus pares de la Seccional Sexta de Río Negro. Una vez detenido el taxi, se les incautó un morral con una pistola 9 mm, un revólver calibre .38 --ambos con proyectiles vivos-- y una granada de fragmentación (de mano), así como 4.600 pesos.
Se requirió la evaluación de un perito del Ejército Nacional para la inspección de la granada de origen extranjero, cuya munición estaba activa, recomendándose su inactivación o destrucción inmediata.

A LA JUSTICIA
Ante esto, el juez penal subrogante de Cuarto Turno resolvió el procesamiento con prisión de Daniel Dinarte Ávila Rodríguez por un delito de violencia privada en reiteración real con un delito de tráfico ilícito de armas; de Lancaster Martín Casuriaga Carral por un delito de disparo de arma de fuego y tráfico ilícito de armas en reiteración real; y de José Pedro Berón Morón por un delito de disparo de arma de fuego.


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