Paysandú, Miércoles 18 de Enero de 2017
Locales | 18 Ene La empresa Schuepbach Energy Uruguay ha puesto de manifiesto el Informe Ambiental Resumen (IAR) que requiere la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama) para su proyecto Exploración de hidrocarburos onshore en los bloques Piedra Sola y Salto.
El proyecto comprende la realización de cuatro perforaciones con el objetivo de determinar la potencial presencia de hidrocarburos en el subsuelo. El informe respectivo está disponible en la dirección web http://mvotma.gub.uy/ambiente-territorio-y-agua/gestiona/puesta-de-manifiestos.html.
Dicho informe consta de 282 páginas, donde se incluyen los detalles técnicos requeridos por la Dinama para las diferentes fases de la perforación y la mitigación del posible impacto que pudiera presentarse.
La localización fue determinada sobre la base de los resultados “obtenidos a través de la sísmica 2D, realizada en los bloques Salto y Piedra Sola, que identificó un conjunto de áreas de favorabilidad de acumulación de hidrocarburos”.
El primero de los pozos (P1), Cuchilla de la Pampa, de 370 metros, se ubicará en el centro sur del departamento de Tacuarembó. Se localizará en un área rural, a 2,5 km de un camino departamental.
El P2, Cerro Padilla, de 815 metros, se ubicará en el padrón 1.633 de la octava Sección Catastral del departamento de Paysandú, sobre un camino departamental a 5,65 km de la Ruta 26, en una zona netamente rural. Tanto el P3, Cerro de Chaga, como el El P4, Cañada Fea, ambos de 1.400 metros, se realizarán en zonas rurales del departamento de Salto, en las seccionales 10ª y 11ª, respectivamente.
El cronograma indicado en el informe prevé comenzar con las actividades este mes de enero, que demandarán entre tres y cinco semanas para cada una de las perforaciones, “siendo el objetivo contar con los cuatro pozos perforados al momento de la finalización del contrato de exploración entre SEU y Ancap en mayo de 2017”.
Según se indica en el IAR, “el cronograma total para un pozo seco podrá variar entre 16 y 27 días, y en caso de ser descubridor, de 23 a 34 días, siempre que no ocurran imprevistos con el funcionamiento de la maquinaria que impliquen paradas para ajustes o condiciones climáticas extremas: tormentas, vientos extremos, etcétera”.
Los pozos no se realizarán simultáneamente dado que se prevé el uso del mismo equipamiento en los cuatro.
REGULACIÓN
Si bien el informe tiene un capítulo dedicado en su totalidad al marco jurídico, es en el punto 3.2.4 del capítulo 3, sobre Ordenamiento Territorial, en el que se realizan algunas consideraciones con respecto a las resoluciones de las Juntas Departamentales en las que se dictaron normas que prohíben la técnica del fracking.
En el informe se argumenta que se hace referencia a este asunto “al solo efecto de registrar que algunos aspectos del desarrollo petrolero son materia de preocupación, tanto de actores sociales a nivel local como de actores políticos en ambos departamentos”, ya que aseguran que “no corresponde considerar este tema, pues se trata de actividades de exploración y no de explotación, y sobre objetivos convencionales”.
Se agrega en el documento que: “Desde el punto de vista legal, el Parlamento se ha expresado en relación con la inconstitucionalidad de decretar prohibiciones por parte de las Juntas Departamentales sobre tecnologías de uso en el sector petrolero, al emitir una resolución sobre un decreto similar de prohibición del fracking generado por la Junta Departamental de Tacuarembó”.
En el texto se cita la fundamentación de la resolución del 9 de julio de 2014 de la Cámara de Representantes, “que deja sin efectos el Decreto 21/13 de la Junta Departamental de Tacuarembó”, que consideran de similar tono que los aprobados en Salto y Paysandú.
Decreto 6937/2013 de la Junta Departamental de Paysandú disponte en su artículo 9 la Prohibición de la exploración y explotación de gas y petróleo de yacimientos no convencionales bajo la técnica de la fractura hidráulica o fracking en todo el territorio del departamento de Paysandú, por el impacto ambiental y social negativos que ocasiona.
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