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Paysandú, Sábado 04 de Febrero de 2017

BPS advierte por carta que, “de acuerdo con el tamaño, las residencias deben contar” con personal doméstico

Locales | 29 Ene "Dadas las características generales de las residencias de la zona, la categoría y principalmente el tamaño, estimamos que deben contar con ayuda para realizar las tareas domésticas del hogar y, por lo tanto, lo consideramos como potencial empleador de trabajo doméstico". Así comienza una carta de la Asesoría Letrada y Recaudación (ATYR) del Banco de Previsión Social (BPS), fechada en enero y que se distribuye a los propietarios en barrios pudientes, hasta donde se sabe de Montevideo y especialmente zonas balnearias del Este del país.
"Por tal motivo --sigue la carta de la Gerencia de Fiscalización de ATYR--, con el fin de lograr una mayor inclusión de estos trabajadores al Sistema de Seguridad Social, para proporcionarles la protección y el cumplimiento de sus derechos laborales, de seguridad social y salud, les estamos proporcionando conjuntamente con esta carta un folleto con toda la información necesaria para su registro, en el que se detallan las obligaciones y derechos de patrones y trabajadores". En el último párrafo se establece que, "en caso de contar con empleados de trabajo doméstico sin registrar aún, le recordamos que, independientemente de la cantidad de días trabajados, registrar a un trabajador (uruguayo o extranjero), además de justo, es obligatorio".
"Casi con toda certeza puedo decir que este documento no se está distribuyendo en Paysandú", dijo a EL TELEGRAFO Roberts Forts, gerente de sucursal del BPS. Recordó que en Montevideo se determinó que en residencias suntuosas había empleadas domésticas bolivianas trabajando "en negro". Explicó que "se trata de advertir a los propietarios o a los rentadores de viviendas de veraneo en la zona balnearia que es obligatorio declarar el personal doméstico y pagarle de acuerdo con las leyes vigentes en la materia".
"Entiendo que es un manera de apoyar el trabajo doméstico, tomando en cuenta que a ese nivel seguramente se tiene personal de servicio", agregó Forts.
No obstante, en otros ámbitos, la carta no fue bien recibida, estimándose que se trata de una clara intromisión y una presunción de culpabilidad cuando el derecho uruguayo se rige por el criterio contrario, el de presunción de inocencia.
El abogado y escribano público Juan Lamas, uno de los consultados, dijo que, "en primer lugar --y tiene que quedar muy claro--, creo que hay un lugar común en el que todos estamos de acuerdo. El personal doméstico, lo mismo que cualquier otro trabajador, tiene necesariamente que recibir el salario establecido así como todo otro beneficio. No hay --me parece-- dos opiniones en ese sentido".
"Pero --en el tema central-- lo que hace el BPS me parece es invertir las cosas, es presumir culpabilidad en lugar de presumir inocencia. Y lo hace tomando en cuenta elementos exteriores, como la casa que se ocupa", dijo Lamas. "Claramente va contra uno de los bastiones del Estado de Derecho porque presume defraudación cuando es al contrario, cuando hasta que se demuestre, el contribuyente no defrauda".
Agregó Lamas que "lo que hace el BPS es tirar la red al mar para ver qué pesca. Es totalmente en absurdo. No se puede presumir lo que ocurre en una casa por su tamaño. Es algo totalmente subjetivo. Y es una intimidación".
"Lo que debe hacer el BPS es activar su sistema de contralor y hacer las inspecciones necesarias, porque ese es el camino que brinda totales garantías. Este sistema es algo realmente absurdo", resumió Lamas. Otro punto de vista expresó el abogado Federico Álvarez Petraglia, quien dijo que el documento "no parece compulsivo", sino que en realidad "invita a actuar en función de su recibimiento. Defiende los derechos de los trabajadores en esencia, porque es más que evidente que una propiedad suntuosa no se mantiene si no es con el concurso de personal. Se presume que, por el tamaño, no se puede atender una casa sin asistencia. Entiendo que no hay un accionar irregular del BPS".

SITUACIÓN SALARIAL
Y BENEFICIOS
De acuerdo con documentación oficial del BPS, en 2004 había 38.000 puestos cotizantes en el sector de empleo doméstico, en tanto en 2015 el número había crecido a 72.000. Asimismo, el salario real se duplicó en los diez años de vigencia de la ley 18.065 de 2006, que permitió en 2008 el comienzo de la negociación colectiva en el sector, a través del Grupo 21. Con el ajuste del pasado 1º de enero, el salario mínimo nominal aumentó un 5,57%, quedando establecido en 14.787.90 pesos mensuales por 44 horas semanales y 25 jornales. Esto equivale a 77,80 por hora.
El sector tiene además subsidio por desempleo tras una relación laboral mínima de seis meses, registrada en el BPS, en los últimos 12 meses; por enfermedad y por maternidad. También, a la cobertura de accidentes de trabajo, por acuerdo entre el BPS y el Banco de Seguros del Estado.
Asimismo, los trabajadores domésticos tienen derecho a una prima por presentismo, fijada por convenio el 10 de abril de 2013. Se paga junto con el aguinaldo de diciembre y se tiene derecho con "asistencia perfecta" entre el periodo junio-noviembre. Es de una cuarta parte del medio aguinaldo. Otro derecho es la prima por antigüedad que beneficia a todo trabajador ingresado como máximo el 1º de enero de 2016. Quienes estén trabajando desde antes del 31 de diciembre de 2007 recibirán una prima del 5% y los que comenzaron a comienzos del año pasado, una de 0,5%. Entre medio, hay una serie de tramos que paulatinamente reduce la prima a medida que la antigüedad es menor. Desde este año, cuando se abone el salario vacacional correspondiente a la licencia generada en 2016, se percibirá un salario vacacional adicional equivalente al 15% del salario vacacional.
También recibe pago por horas extras, nocturnidad, licencias especiales, descanso complementario pago por lactancia y derecho a ropa y útiles de trabajo. El 19 de agosto es un feriado pago para el sector, desde que se celebra el Día del Trabajador Doméstico.
Al último ajuste correspondiente al acuerdo de salarios en vigencia, el 1º de julio de 2018, el salario mínimo nominal del sector tendrá un aumento del 5,31% con respecto al que se establezca el 1º de julio de este año. No se puede aún indicar la cifra en pesos, desde que el acuerdo prevé ajustes correctivos por inflación, cuando correspondan.


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