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Paysandú, Miércoles 08 de Marzo de 2017

NO SE ESTÁ MULTANDO POR ESTACIONAMIENTO IRREGULAR

Discrepan en definición de “días no laborables” para la Zona Azul

Locales | 02 Mar Con una ronda de decretos, el director de Tránsito y Transporte, Federico Álvarez Petraglia y el edil departamental Marcelo Tortorella defendieron posiciones diferentes en cuanto a lo que se considera feriado no laborable a los efectos de su aplicación en la Zona Azul.
Como se sabe, el decreto 7452/2016, que estableció los cambios en la Zona Azul, determina en su artículo segundo que “la misma funcionará en el horario de 9 a 18 horas, con exclusión de los días feriados no laborables”.
En las últimas horas la Intendencia libró un comunicado, en el que estableció esos datos y además indicó que “en este sentido se señala que dadas las características del feriado de carnaval, jornadas laborables, el sistema opera con normalidad”.
Esto se basa en el artículo 18 de la ley 12.590 del 23 de diciembre de 1958, que establece lo que se conoce como “feriados no laborables” al indicar que “los días 1º de enero, 1º de Mayo, 18 de Julio, 25 de Agosto y 25 de diciembre de cada año, todo trabajador percibirá remuneración como si trabajara; en caso de trabajar, recibirá doble paga”.
Asimismo son feriados no laborables el día que fije el Poder Ejecutivo para realizar el Censo de Población y Vivienda en todo el territorio nacional; el día que fije la Corte Electoral para realizar el acto referido al recurso de referéndum; el 1º de marzo que coincida con la transmisión de mando del Presidente de la República.
En esa normativa se basa la Intendencia de Paysandú para aplicar el concepto de “feriados no laborables” en los cuales no se cobra estacionamiento tarifado.
Pero Marcelo Tortorella sostuvo que “es una interpretación totalmente equivocada, tanto por derecho como por sentido común”. “En este caso, no laborables debe tomarse por lo que se considera en la Administración Pública”, que quedó establecido “en el artículo 113 del decreto 500/991”. Ese texto legal establece que “los días son hábiles o inhábiles según funcionen o no, en ellos, las oficinas de la Administración Pública. Son horas hábiles las correspondientes al horario fijado para el funcionamiento de las respectivas oficinas de la Administración Pública”.
“En los días no laborables no abren oficinas públicas, banca estatal, ministerios y la propia Intendencia. Entonces, ¿qué sentido tiene aplicar la Zona Azul con un criterio de derecho privado a un servicio público concesionado?”, subrayó Tortorella.
“Las reglas de administración del espacio siguen siendo públicas, por lo que tiene que usarse lo mismo que se aplica en la Administración Pública. Si la Intendencia no abre las puertas, ¿cómo puede ser que se mantenga la Zona Azul? Eso no tiene lógica. Con solo aplicar el sentido común, queda claro cuáles son los feriados no laborables. Pero además están perfectamente explicados en el decreto 500”.
No obstante, Álvarez Petraglia se opuso de plano a esa interpretación, indicando que “se quiere usar una norma que no tiene nada que ver. Basta decir que el artículo que se cita integra el capítulo 9, 'De los Términos y los Plazos', que se refiere precisamente a los plazos de actos administrativos. Está totalmente alejado de lo que debe tomarse en cuenta”.

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