Paysandú, Lunes 13 de Marzo de 2017
Locales | 07 Mar La Intendencia de Paysandú presentó ayer a la Junta Departamental un "Plan de refinanciación de deudas", que implicará importantes descuentos y una extensa financiación para los contribuyentes morosos de la comuna sanducera. El plan tendrá una vigencia de tres meses, probablemente desde abril.
El subdirector de Administración, economista Gastón Núñez, detalló a EL TELEGRAFO el alcance de este plan que deberá ser aprobado por la Junta Departamental para su aplicación, y aunque puede hacerse por mayoría simple --que tiene el partido de gobierno-- el Ejecutivo pretende que sea por amplia mayoría o por unanimidad, considerando además que "se atenderán todas las sugerencias que busquen mejorar el proyecto", aseguró el jerarca de Administración.
"Nos interesa que la gente venga y pague sus deudas, pero también que siga pagando", resumió sobre la motivación del plan.
TODO, MENOS PATENTE
"El plan tiene dos componentes bien diferenciados", comenzó Núñez, "uno es el que incluye la Contribución inmobiliaria (urbana, suburbana y rural), los Semovientes y los tributos menores, que incluye impuesto a terrenos baldíos, alumbrado público (anterior a 2015), remates y transacciones agropecuarias, letreros y avisos; espectáculos públicos; actividades comerciales; carreras de caballos; faena de ganado; tasa bromatológica; control ambiental; planta pasteurizadora; recolección y salubridad; toque de andén y tasa de conservación de cementerios. El otro componente incluye deudas por infracciones de tránsito (multas) pero no deudas de Patente de rodados, que corresponde al Sucive".
En ambos casos, se incluyen deudas que deben ser necesariamente anteriores al 31 de diciembre de 2016. Explicó que quien tenga deudas --por ejemplo-- desde 2015 hasta la fecha de vigencia del plan en el presente 2017, podrá refinanciar todas sus deudas, pero no se incluyen deudas que solamente sean posteriores al 1 de enero de 2017.
"El plan incluye los montos solamente por tributos actualizados a este año, excluyendo las multas y recargos, que sin embargo no se resignan, no se borran de la deuda, sino que tienen un tratamiento especial y se remiten siempre y cuando el contribuyente mantenga al día con el pago del convenio y de los tributos que correspondan". (Más información en edición impresa)
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