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Paysandú, Viernes 31 de Marzo de 2017

Justicia procesó a madre que alentó a su hija a pelear para “defenderse”

Policiales | 31 Mar La Justicia procesó a la madre de una de las adolescentes participantes en una pelea que se hizo viral a través de las redes sociales. El hecho, que llegó a cobrar repercusión a nivel nacional y fue tema de debate, se había registrado en la tarde del pasado sábado, en las inmediaciones al liceo 6 de Nuevo Paysandú, en la zona norte de la ciudad. La jueza de turno dispuso el inicio de un proceso infraccional a las dos menores, de 13 y 15 años, que se tomaron a golpes.
El video, que tiene una duración de dos minutos, muestra que dos jovencitas (una de ellas viste túnica) pelean a golpes de puño y patadas. El registro fílmico enseña además que, cuando las adolescentes están trenzadas en el suelo, aparece en escena una señora que --parada con manos en la cadera-- alienta a una de las contrincantes: “¡Arrancale los pelos, reventale la cabeza!” Y sigue: “¡No me la van a agarrar de hija! ¡Mordela! ¡Reventale la cabeza! (repite) ¡Parate y pateala!, ¡Desfigurala por inútil!” Esa señora resultó ser la madre de la adolescente de 13 años que fue agredida en primera instancia y luego (con las indicaciones que recibe) logra revertir la situación y dominar la contienda. Asimismo, recién el domingo al mediodía la Policía tomó conocimiento del asunto, ocasión en que la tutora de la otra adolescente se presentó en la Seccional Quinta y radicó la denuncia. Eso permitió poder relacionar la situación con el video difundido a través de las redes sociales. Tras dos largas jornadas en la sede penal, María Sol Bellomo, jueza subrogante de Segundo Turno, le tomó declaración a las involucradas en la pelea, sus responsables y varios testigos, entre ellos menores de edad que se retiraban de la institución educativa cuando se desató la riña. Se resolvió el procesamiento sin prisión de S.P.B.D.L.S., de 30 años, por la “presunta comisión de un delito de violencia privada en calidad de coautora, por instigación, en concurrencia formal, con un delito de omisión a los deberes inherentes a la patria potestad, en calidad de autora”. Y el inicio de un proceso infraccional para las adolescentes por “la comisión de una infracción a la ley penal por un delito de violencia privada, en calidad de autoras, imputable en los términos del Código de la Niñez y la Adolescencia”.


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