Paysandú, Lunes 05 de Junio de 2017

El Banco de Previsión Social tendrá que liberar información de personas con padecimientos psiquiátricos, tras sentencia

Nacionales | 27 Nov El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno confirmó la sentencia que ordenó al Banco de Previsión Social (BPS) cumplir con la ley de acceso a la información pública y entregar una serie de datos solicitados sobre prestaciones sociales otorgadas a personas con padecimientos psiquiátricos. Además, se rechazó así el argumento presentado por el BPS que negó el acceso a la información solicitada tras sostener que los datos requeridos no se encontraban en su poder.
De esta manera quedó firme el fallo de primera instancia que amparó la acción judicial promovida por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) y el Instituto de Estudios Legales y Sociales de Uruguay (Ielsur).
En abril de este año y al amparo de la ley N° 18.381, las organizaciones presentaron una solicitud de acceso a la información pública al BPS para conocer el número de personas con padecimientos psiquiátricos en Uruguay que reciben pensiones, los criterios para su otorgamiento y la cantidad de solicitudes de pensiones que son denegadas, entre otros puntos.
En primera instancia, el juez de lo Contencioso Administrativo de Segundo Turno, Alejandro Martínez, había dado la razón a las organizaciones en función de la ley de acceso a la información pública y de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ratificada por Uruguay.
El lunes el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo turno rechazó los dos principales argumentos ofrecidos por el BPS. En primer lugar, el Tribunal entendió que en la medida que el BPS es el organismo “mediante el cual se disponen las pensiones por padecimientos psiquiátricos”, éste “debe contar necesariamente con la información peticionada (...) Por consiguiente mal puede afirmarse como hace la demandada que no cuenta con la información peticionada, tratando de esa forma de limitar en forma claramente inconstitucional e ilegal, unos de los derechos fundamentales, como es el derecho a la información”.
El BPS había señalado que el primer inciso del artículo 14 de la ley de acceso a la información pública establece que los organismos no están obligados a crear o producir información que no dispongan o no tengan obligación de contar al momento de efectuarse el pedido.
Sin embargo, el organismo “hace una lectura parcial de la disposición legal”, señala el Tribunal, puesto que en el inciso siguiente la ley establece que “no se entenderá como producción de información, a la recopilación o compilación de información que estuviese dispersa en las diversas áreas del organismo”, recuerda el Tribunal.
“Esto es precisamente lo que acontece en este caso” señaló el fallo, “ya que la información se encuentra en poder del BPS”.
En segundo lugar, el Tribunal entendió que la opinión que en su momento emitió una repartición del BPS ante el pedido de las dos organizaciones sociales no puede considerarse una respuesta según lo establece la ley de acceso a la información pública.
“A quien corresponde franquear o negar el acceso a la información es al jerarca máximo del servicio en forma fundada” (en este caso al directorio del BPS), recordó el Tribunal en base al artículo 16 de la ley de acceso a la información.
El BPS “no puede, basado en una interpretación que carece de fundamento jurídico, y por su sola voluntad, modificar lo claramente preceptuado en la ley”, terminó señalando el Tribunal.

MÁS DE 20 FEMINICIDIOS
Un total de 23 mujeres fueron asesinadas por violencia doméstica entre el 1º de noviembre de 2014 y el 31 de octubre de 2015, según el Observatorio Nacional sobre Violencia y Criminalidad presentado por el Ministerio del Interior, informó EFE.
Del total de las víctimas, el 83 % no había denunciado previamente a su agresor y 20 fueron asesinadas por su expareja. Además, en ese tiempo se produjeron 11 intentos de asesinatos a mujeres por violencia doméstica.
En lo que respecta al tipo de agresión sufrida, el 47,8% de las víctimas murió por herida de arma de fuego; el 34,8% por golpes físicos o estrangulación; el 8,7 % por golpes con un objeto contundente; el 4,3 % por arma blanca, y el restante 4,3% de manera no definida. Por otra parte, el 39,1% de las víctimas tenía entre 30 y 44 años.
En cuanto a los autores de los asesinatos, el 66,7 % está procesado por la Justicia; el 28,6% se suicidó luego de cometer el crimen, y el 4,8% está identificado y requerido por las autoridades.
Incluyendo los casos de homicidios de mujeres en altercados no domésticos, en robos o hurtos o por motivos desconocidos, el número de víctimas alcanza las 45, lo que supone una reducción de cuatro casos respecto al mismo periodo del año anterior.
El Observatorio contabilizó también el número de denuncias por violencia doméstica registrado entre el 1º de enero y el 31 de octubre de 2015, que ascendió a 25.549 (una cada 17 minutos), lo que supone un incremento del 8% respecto al año anterior.
Dicho incremento “puede estar evidenciando una mejora en la captación y registro de este tipo de situaciones por el Ministerio del Interior”, indicó el informe, que subraya también que la violencia doméstica es el delito más frecuente después del hurto.
El ministro del Interior Eduardo Bonomi dijo que “son datos muy significativos”. “El alto índice de homicidios de personas por razón de género nos indica que hay muchas cosas para hacer una efectiva prevención, detención y protección de las personas que sufren violencia por su condición de mujer”, dijo Bonomi.
El jerarca afirmó el compromiso de duplicar antes de que acabe el actual quinquenio de gobierno el número de agentes de policía destinado a las unidades especiales de violencia doméstica.
Además, manifestó que el hecho de que el 83% de las víctimas no presentara denuncia evidencia que no se trata de un problema que se resuelve sólo con intervención policial, sino que requiere de la intervención de la sociedad en su conjunto.
Indicó que el feminicidio es un delito que “tiene características diferentes y un elemento social y cultural diferente” y que por tanto “hay que combatirlo de forma diferente”.
“No es feminicidio la muerte de una mujer en el caso de un robo, es feminicidio cuando la muerte se produce por el hecho del papel que ocupa la mujer en la familia y en la sociedad”, manifestó Bonomi.

URUGUAY LOGRÓ ACUERDO CON RUSIA
En la primera reunión que se realizó en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores, Uruguay y Rusia firmaron acuerdos comerciales sobre cooperación entre los ministerios especializados en la producción agrícola y ganadera, la aprobación del sello de alta calidad para la carne vacuna y la renovación del convenio entre Ancap y la petrolera rusa Gazprom.
También fueron firmados acuerdos en materia de cooperación científica veterinaria, venta de menudencias bovinas y sobre investigación con tecnología satelital. A esto se suman los contactos comerciales entre empresarios de los dos países, informó Presidencia.
El ministro interino de Relaciones Exteriores, José Luis Cancela, informó que la voluntad de los diplomáticos de ambos países es promover la instalación de un Consejo Empresarial Ruso-Uruguayo que acompañe los contactos oficiales, para “que puedan dinamizar aún más el comercio y los contactos empresariales entre ambas partes”.
“Rusia ha sido tradicionalmente un país comprador de carne, de lácteos, cítricos y ocasionalmente de arroz”, dijo por su parte el ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), Tabaré Aguerre. Recordó que la Federación Rusa fue el destino del 34% de las exportaciones nacionales de carne en 2010 y 2011, años en los que ese país fue el primer comprador de este producto.
Aguerre celebró particularmente la aceptación de Rusia del protocolo que reconoce a la carne uruguaya como de “alta calidad”. Esto posibilita vender carne a Rusia por fuera de la cuota. Destacó que el acuerdo es de aplicación inmediata.
“Uruguay está abriendo mercados permanentemente y manteniendo mercados abiertos desde el punto de vista sanitario y de certificación, pero en este caso no es un acceso sanitario que ya tenemos, es mejorar la condición de acceso, porque antes podíamos ingresar sólo tres mil toneladas dentro de la cuota general que Rusia tiene aceptada en la Organización Mundial de Comercio”, explicó Aguerre.


EDICIONES ANTERIORES

A partir del 01/07/2008

Jun / 2017

Lu

Ma

Mi

Ju

Vi

Sa

Do

12

12

12

12

12

Diario El Telégrafo

18 de Julio 1027 | Paysandú | Uruguay
Teléfono: (598) 47223141 | correo@eltelegrafo.com