Paysandú, Lunes 05 de Junio de 2017
Locales | 01 Mar De acuerdo con la Rendición de Cuentas 2007, los números siguen estando en rojo. Ese documento recibió múltiples observaciones del Tribunal de Cuentas de la República y actualmente está a estudio en la Junta Departamental que -seguramente- volverá a rechazar dichas observaciones con los dieciséis votos de la bancada oficialista. Así ocurrió con la del año 2006, aumentándose incluso. Presenta un déficit de 88 millones de pesos: los ingresos, ya sean genuinos o provenientes del gobierno nacional no alcanzan a cubrir los egresos.
Es oportuno aclarar que esta situación no es nueva en el municipio sanducero ya que se ha producido, con distinta entidad de las cifras en rojo, durante la administración nacionalista desde 1990 a 2005. Esto es así al punto que el déficit acumulado de la Intendencia de Paysandú al 31 de diciembre de 2007 era de $159.000.000. Esta situación cobra especial importancia en una institución pública, como la IDP, que se estima maneja cada día el equivalente a un centenar de miles de dólares.
Cabe recordar que en el último lustro se reiteró en todas y cada una de estas instancias en la Junta Departamental, especialmente a través del ex edil Juan Sánchez la falta de información con que manejarse (sobre presunto déficit o manejo administrativo). Simplemente se describían los números sin abrir las cuentas municipales para un estudio detallado que revelara la situación tal cual ocurría.
Importa saber que el equilibrio presupuestal en los gobiernos departamentales está determinado como una obligación por el artículo 225 de la Constitución de la República, artículo 19, numeral 2, de la Ley Orgánica Municipal de 1935 y el artículo 15 del Tocaf que es el ordenador de las formas administrativas en la función pública.
Sobre este documento la edila del Partido Colorado, Nilda Belvisi, ha demostrado un celo y profundidad de conocimiento muy especial. Tanto es así que, desde la oposición, ha sido el suyo el informe más preciso y detallado de los tres que habitualmente la Comisión de Presupuesto presenta al plenario (el de la mayoría del FA, primera minoría del PN y segunda minoría del PC).
Número más,
número menos...
En definitiva, lo recaudado en 2007 por la Intendencia fueron $557.019.644. Estos recursos provinieron: $321.981.317 de los contribuyentes a través de distintos tributos y tasas o sea que son genuinos y $235.038.327 de los fondos derivados (según modificación constitucional de diciembre de 1996) desde el gobierno central.
Los egresos fueron más y totalizaron exactamente $643.839.797 que correspondieron: $329.576.786 a sueldos, aportes sociales y otros beneficios legales del funcionariado municipal, $202.858.933 a funcionamiento, $82.768.109 a inversiones (por ejemplo, obras de vialidad urbana, etcétera), $13.520.259 al presupuesto participativo y a la Junta Departamental, cuyos recursos provienen de dicha fuente, un total de $15.115.710.
Existen otras consideraciones económico-financieras como la eliminación de residuos pasivos, acorde al artículo 20 del Tocaf, por $15.726.294, etcétera, redondeando un ejercicio anual que nuevamente arroja un resultado negativo.
Debe tomarse en cuenta especialmente la señalada relación de ingresos y egresos que arroja un déficit de, prácticamente, $88.000.000. Con la salvedad particular de que tomando la totalidad de ingresos propios de la IDP a nivel local, casi trescientos veintidós millones de pesos, no alcanzó a cubrir la erogación por el rubro más oneroso -Retribuciones Personales- que superó los trescientos veintinueve millones de pesos.
Otro aspecto a tener en cuenta es que esta administración municipal reflotó el manido asunto de las “cajas chicas”, eliminadas hace varias décadas del funcionamiento económico de la Intendencia de Paysandú. En 2007, acorde al documento citado, las cajas chicas y los fondos permanentes que se manejan ascienden a unos $800.000.
aspectos que no
le cierran al tribunal
Las observaciones del Tribunal de Cuentas de la República son, por lo menos, en nueve y se desplazan por una banda ancha de temas. Algunas de ellas citadas textualmente: “Durante 2007 se han imputado gastos sin que existieran los créditos presupuestales suficientes (situación deficitaria aludida), los que fueron observados por la contadora delegada” (profesional que actúa permanentemente en la IDP y responde al Tribunal).
También que ‘los importes incluidos no representan la totalidad de la recaudación del período, por cuanto no se incluyen las partidas determinadas en las conciliaciones bancarias, que corresponden a pago de tributos no identificados. Asimismo se incluyó en la recaudación del ejercicio, el monto correspondiente a préstamos concedidos por el Banco de la República en 2007 ($41.500.000) que constituyen una fuente de financiamiento a reintegrar y no un recurso”.
Además se observa que “entre los gastos del ejercicio se imputaron las amortalizaciones realizadas por la Intendencia durante el ejercicio por $19.041.667, correspondientes a las devoluciones de créditos concedidos por el BROU que no constituyen gastos sino un egreso de fondos y que deben exponerse, como se hizo, en los Estados de evolución del endeudamiento financiero y del movimiento de fondos de valores”.
Es interesante también ver la observación del Tribunal de Cuentas: “al no haberse presentado el Estado de resultados acumulados y teniendo en cuenta las consideraciones efectuadas en el dictamen, no es posible establecer el resultado acumulado al cierre del ejercicio”. Otra cosa: “en el estado presentado en relación a los fondos indisponibles no se expone el detalle de las retenciones y pagos respectivos por Montepío (aportes jubilatorio y social en general), IRP (antes del 1º de julio de 2007) e IRPF” (posterior a esa fecha ya vigente el nuevo régimen fiscal).
Saldos contables
que no coinciden
Una de las observaciones interpuestas dice: “Si bien se realizan arqueos de caja al inicio de cada mes, no se efectúa un análisis de las diferencias constatadas. Además, no se realizaron arqueos sorpresivos en las juntas locales y centros termales”.
Es interesante además saber que se señala por el Tribunal de Cuentas: “De la circulación de saldos de proveedores realizada en el transcurso de la Auditoría, se constató que los saldos contables no coinciden con los proporcionados por los proveedores al 31 de diciembre de 2007”. Aspecto en el cual cabe recordar que, fundamentalmente durante la gestión del ex director general de Administración, contador Juan Sánchez, se difería la entrega de la orden de compra que -tal cual está previsto en el sistema administrativo municipal- determina la facturación del producto o servicio por parte del proveedor. Lo que, a modo de ejemplo, constituye un perjuicio financiero por la demora en librarse la orden de compra y directamente un “pase de manos” para aliviar la presión que mensualmente ha llegado a provocar -en esta administración- el déficit presupuestal. Hay que tener en cuenta que este giro figura en el rubro Gastos de Mantenimiento, que es el segundo en importancia detrás de Retribuciones Personales.
Es importante no dejar pasar esta observación: “En cuanto a la sanción por mora aplicada sobre los atrasos en los pagos de Contribución Inmobiliaria Rural e Impuesto a los Remates (ley 12.700), es la establecida en forma general para todos los tributos de percepción municipal en el artículo 74 del Presupuesto Quinquenal (nacional) vigente. La Intendencia de Paysandú no cumple lo establecido por las normas legales”.
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