Paysandú, Lunes 05 de Junio de 2017
Locales | 29 May “Vemos que el Instituto Nacional de Colonización sigue en su postura por la que desconoce los derechos de propiedad a colonos y ex colonos que adquirieron sus tierras por el Banco Hipotecario y tienen títulos de propiedad antes de la ley de 1948”, destacó a EL TELEGRAFO Antonio de Souza, integrante de la Mesa Departamental de Colonos que llevó adelante las gestiones en procura de modificar la Ley 18.187, que asimila su situación a los colonos que incorporaron tierras a partir de la norma que creó el INC.
De Souza señaló que en su caso, como en el de decenas y centenares de propiedades que fueron adquiridas en la primera mitad del Siglo XX a través del Banco Hipotecario, las propiedades han cambiado de dueño en varias oportunidades, los que las han comprado legítimamente y tienen su título de propiedad, por lo que está fuera de lugar y consideran que es inconstitucional que el INC les imponga condiciones como si los predios correspondieran a los comprendidos por la Ley 11.029.
Subrayó asimismo que pese a que el INC sostiene en una comunicación oficial de su Directorio que de modificarse la Ley 18.187 se “privatizarían” recursos de toda la sociedad en cuanto al valor de la tierra, caminos, puentes, alcantarillados, escuelas, electrificación y escuelas rurales, la realidad es que “como todos, hemos pagado por la electrificación rural”, en tanto subrayó que las obras de caminería y otras acciones en áreas rurales han sido encaradas asimismo por las intendencias municipales “a las que pagamos religiosamente la contribución inmobiliaria rural”, y que estos trabajos han sido desarrollados “para beneficio general de los productores que viven de su trabajo”.
“Todo lo hemos pagado”
“Todas las mejoras que se hicieron han sido pagadas por los propietarios de estas tierras, sin ningún crédito especial ni nada que se parezca para los propietarios de los predios comprados a través del Banco Hipotecario, y estamos hablando a noventa años de que se vendieron esas tierras. Yo por ejemplo he comprado estas tierras que han pasado por tres o cuatro dueños, y tengo los títulos de propiedad”, acotó. Indicó que el cambio de reglas de juego aplicado a los legítimos propietarios afecta el derecho de propiedad, con dueños que legítimamente deberían tener libre disponibilidad y no ser asimilados a los colonos que incorporaron sus predios por el régimen posterior, la ley 11.029 de 1948, que creó el INC, y desestimó la argumentación del directorio del instituto en el sentido de que estos predios deben igualarse con los incorporados posteriormente, que lo hicieron por otra normativa.
Indicó que estos aspectos estaban contemplados en las modificaciones a la Ley 18.187 que fuera aprobada por la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca del Senado y cuya aprobación a último momento fue dejada sin efecto por la bancada del Frente Amplio con el argumento de que se iba a requerir la opinión del nuevo directorio del INC. “El senador Ernesto Agazzi nos dijo que él dejaba su cargo si luego no se aprobaba esta norma, pero nosotros le dijimos que no queríamos que se fuera del cargo, sino que se aprobara de una vez por todas esta modificación, porque es un tema de justicia hacia los legítimos propietarios de las tierras”, subrayó.
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