Paysandú, Lunes 05 de Junio de 2017
Locales | 10 Sep Desde el 3 de setiembre rige un nuevo Reglamento para el Transporte de Encomiendas en Servicios Regulares Nacionales de Transporte de Pasajeros por Carretera. Establece, entre otros puntos, que los objetos o bultos a ser transportados como encomiendas podrán tener un peso de hasta 30 kilos. El nuevo reglamento responde a un reclamo de sindicatos y empleados de las empresas.
El reglamento, elaborado por la Dirección Nacional de Transporte del MTOP, busca regular este servicio que realizan los ómnibus de transporte colectivo. Según los relevamientos realizados por la dirección, una cantidad significativa de ómnibus afectados a servicios regulares circula con pesos por eje próximos a los límites máximos admitidos por la normativa vigente en la materia, generando consecuencias negativas sobre la infraestructura vial nacional.
Es por ello que la dirección consideró necesario establecer un adecuado equilibrio entre el objetivo prioritario del servicio público de transporte de pasajeros por carretera, el aprovechamiento de los recursos disponibles para el transporte y la finalidad social que cumple el transporte de encomiendas en ómnibus, particularmente en zonas geográficas con menor oferta de transporte. Por su parte, entiende que este reglamento contribuye a generar condiciones de competencia con mayor transparencia entre los operadores del sistema de transporte.
NUEVO REGLAMENTO
Entre otros puntos, el Decreto 422/008 del Poder Ejecutivo establece que las empresas concesionarias y permisarias de servicios regulares nacionales de transporte de pasajeros por carretera podrán realizar transporte de encomiendas en las bodegas de los ómnibus, conjuntamente con el equipaje y sin perjuicio de lo que puede llevar cada pasajero, siempre que el transporte de las encomiendas no sea realizado en detrimento del equipaje de los usuarios.
Los objetos o bultos a ser transportados como encomiendas podrán tener un peso de hasta 30 kilos. No podrán transportarse como encomiendas armas de fuego, materiales explosivos o inflamables, ni los restantes considerados como peligrosos, conforme al Reglamento Nacional sobre Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera.
Asimismo, no podrán transportarse estupefacientes, sustancias sicotrópicas o similares, ni animales vivos, excepto pollitos bebé y mascotas debidamente acondicionados en recipientes adecuados para ello, así como animales de porte menor destinados a exposiciones, competencias deportivas u otros eventos, los que se justifican por su falta de regularidad (transporte excepcional). En estos casos se deberá presentar certificado sanitario expedido por un médico veterinario.
Las empresas transportistas deberán exigir a quien pretenda realizar el envío de una encomienda que proporcione su nombre, domicilio y documento de ientidad, así como del o los destinatarios de la misma.
La Dirección Nacional de Transporte podrá autorizar excepciones en función de las características del servicio, de la realidad social de las diferentes zonas geográficas y de la oferta de transporte de encomiendas existente, pero dentro del marco de los límites de peso por eje y totales vigentes.
Si se comprueban excesos de peso en ómnibus que cumplen servicios regulares y transporten encomiendas, la empresa transportista será responsable de las infracciones a las disposiciones del Reglamento de Límites de Peso vigente.
PONE FIN A DISCUSIÓN
El gerente en Paysandú de Agencia Central-Chadre-Sabelín, Alvaro Bariani, señaló a EL TELEGRAFO que este reglamento era esperado pues se venía discutiendo desde hace tiempo y responde a un reclamo de sindicatos y también del personal de las empresas.
«Era algo que se esperaba, porque en realidad esta resolución del ministerio hace varios meses que se viene estudiando, inclusive hubo negociaciones entre las empresas. El tema del kilaje era algo que se venía reclamando desde hace mucho tiempo tanto por las partes sindicales como muchas veces por los propios funcionarios, pues había bastantes encomiendas que superaban los 30 kilos», dijo.
Añadió que «el ómnibus tiene que tener su sincronización con el tema de los paquetes para transportar. Además, esta fue siempre una discusión entre las empresas de transporte de carga, y de esta forma se terminaría con toda la discusión».
Indicó que «es una resolución que por supuesto, se va a tener que acatar». Aseguró que su empresa no se verá afectada por el nuevo reglamento. «El 90 por ciento de los bultos que nosotros transportamos están por debajo de ese kilaje porque en el ómnibus no tenés mucha capacidad para transportar, además del equipaje de los pasajeros, un mueble o una cocina, por ejemplo. No da el espacio. Nosotros vamos a seguir trabajando con el segmento del mercado con el que lo veníamos haciendo», dijo Bariani.
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