Paysandú, Lunes 05 de Junio de 2017

Por seis meses; hoy el Presidente firma el decreto

Dan seis meses más de plazo para vender sin airbag ni ABS

Locales | 04 Jul Por decreto presidencial que se conocerá hoy, los vehículos que se comercialicen en Uruguay a partir del 7 de enero de 2015 deberán cumplir con la disposición legal de contar con doble airbag, sistema de freno ABS y apoyacabezas en todos los asientos.
La fecha límite establecida por la ley 19.061, aprobada en enero de 2013 y vigente desde el 6 de julio de ese año, establece que “todos los vehículos cero kilómetro propulsados a motor de cuatro o más ruedas que se comercialicen en el país deberán contar con sistema de frenos ABS, apoya cabeza en todos sus asientos o plazas, cinturones de seguridad y airbag frontales en las plazas delanteras como mínimo de aquellos vehículos que así lo admitan”,
El prosecretario de la Presidencia de la República, Diego Cánepa, dijo anoche a EL TELEGRAFO que hoy se firmará el decreto que amplía el plazo a 6 meses para los automóviles y camionetas que ya estén dentro del territorio nacional, y un año para los camiones que aún no se hayan vendido.
Los importadores y las concesionarias estaban considerando la posibilidad de que hoy, último día del plazo, tuvieran que empadronar todos los cero kilómetro que tuvieran con falta de esos elementos, para poder venderlos al no ser más “cero kilómetro”, al menos técnicamente. Sin embargo, con este decreto, tendrán plazo suficiente para venderlos.

COMO SON LOS SISTEMAS
Los sistemas de seguridad que se obliga a tener -ahora con mayor plazo- para los vehículos, incluyen el freno ABS, apoya cabeza y doble airbag.
ABS es la sigla en inglés del sistema antibloqueo de ruedas; un dispositivo utilizado en aviones y automóviles desde hace al menos 30 años, que impide que los neumáticos se bloqueen durante una frenada fuerte y, por tanto, se pierda adherencia y estabilidad en frenada y a consecuencia de esto, la distancia de frenado se multiplique. Junto con el cinturón de seguridad, el airbag es un elemento de seguridad pasiva indispensable en los automóviles modernos. Se estima que en caso de impacto frontal de un vehículo su uso puede reducir el riesgo de muerte en un 30%.
La bolsa de aire inflable –airbag en inglés- está fabricada en nailon, y se encuentra inserta de manera plegada en el centro del volante, en el tablero frontal o en cualquier otro lugar donde sea necesario introducir un efecto amortiguador del golpe. El objetivo de esta bolsa de aire es detener el cuerpo de los ocupantes de un vehículo lo más suavemente posible, en centésimas de segundo. El airbag permite amortiguar el golpe del cuerpo contra el volante, el tablero o el parabrisas.
Los airbags están diseñados para complementar la función de los cinturones de seguridad, no para sustituirlos: el cinturón de seguridad ayuda a mantener al pasajero del ve-hículo en la posición apropiada para lograr la mayor efectividad del airbag.
Mientras tanto, el apoya cabeza en los asientos de los autos no es un elemento para dar comodidad, sino que es un elemento de seguridad pasiva. Su función primordial es minimizar las lesiones cervicales en caso de colisión, en especial en caso de colisión por alcance.
Cuando se produce un impacto o una frenada brusca, el cinturón detiene el cuerpo y el apoya cabeza a la cabeza. Para ello debe estar regulado a la altura de los ojos. Cada uno de estos elementos de seguridad que contribuyen y se complementan a favor de la vida, han sido recogidos en el artículo 5 de la Ley 19.061, promulgada hace ya un año y medio


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